Desgravación para Particulares

Base  
Hasta 250 € 80 %
Resto base (de 251 € en adelante)
Sin recurrencia (*) 40 %
Recurrencia (*) 45 %












(*) Se entiende que existe recurrencia cuando en los dos años anteriores se hubiesen realizado donaciones con derecho a deducción en favor de la Fundación por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.